Home / Noticias Derecho / El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencia que el Índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) puede ser abusivo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencia que el Índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) puede ser abusivo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado el pasado 3 de marzo de 2020 que los jueces españoles deben decidir en cada caso si las hipotecas ligadas al índice de referencia de los préstamos hipotecarios (IRPH) son abusivas.

En la sentencia Gómez del Moral Guasch (C-125/18), dictada el 3 de marzo de 2020, el Tribunal de Justicia, en su composición de Gran Sala, ha declarado, que la cláusula de un contrato de préstamo hipotecario celebrado entre un consumidor y un profesional, en virtud de la que el tipo de interés que pagará el consumidor varía en función del índice de referencia basado en los préstamos hipotecarios de las cajas de ahorros, está comprendido en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre cláusulas abusivas .

El Tribunal de Justicia declara que, para cumplir con el requisito de la transparencia que impone el Derecho Comunitario, las cláusulas que fijen en los contratos de préstamo hipotecario un tipo de interés variable no solo deberán ser comprensibles en un plano formal y gramatical, sino también permitir que el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, esté en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo del referido tipo de interés y de valorar así, basándose en criterios precisos y comprensibles, las consecuencias económicas, potencialmente significativas, de dichas cláusulas para sus obligaciones financieras.

Miles de consumidores contrataron en su momento hipotecas que usaban como índice de referencia el IRPH, pero sin que, en el momento de la comercialización, sus entidades les hubieran proporcionado la información necesaria para elegir bien:

  • no les informaron a sus clientes de manera clara y comprensible de que este es un índice que se calcula teniendo en cuenta los datos que la propia entidad proporciona,
  • tampoco explicaron con cuadros comparativos históricos la evolución del IRPH y Euribor, una información que hubiera permitido al cliente ver que el IRPH siempre ha estado por encima del Euribor.

La sentencia del TJUE abre la puerta a las reclamaciones

Esta nueva sentencia del Tribunal Europeo, que sigue el criterio de abogado general y de la Comisión Europea, abre la puerta a las reclamaciones judiciales a los afectados por IRPH, una puerta que el Tribunal Supremo había cerrado a finales de 2017.

Si tiene usted una hipoteca con este índice de referencia y se siente perjudicado, puede reclamar. Llámenos y le asesoraremos.

Leave a Reply

Your email address will not be published.